Escribe para buscar

Empresa Frutas

En vigor el Plan de Ordenación de Regadíos de la Corona Norte de Doñana

El Plan de Ordenación de Regadíos de la Corona Norte Forestal de Doñana ya puede ser aplicado en su ámbito de actuación al entrar en vigor tras su publicación hoy en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA).

Comparte
Riego

Las determinaciones recogidas en el plan, aprobado en Consejo de Gobierno el pasado 16 de diciembre, son «directamente ejecutivas y vinculantes, dentro del ámbito territorial y marco normativo aplicable», según se recoge en el mismo, consultado por Efe.

El plan afecta a una superficie de 64.457 hectáreas, de las que unas 9.340 pueden ser consideradas como regables en los términos municipales de Almonte, Bonares, Lucena del Puerto, Moguer y Rociana del Condado (Huelva).

El Plan delimita como «suelos agrícolas regables» aquellos terrenos agrícolas en regadío en el año 2004 (fecha de entrada en vigor del POTAD), y sobre los que se ha comprobado que han mantenido su actividad a lo largo de los siguientes años.

Se excluyen del conjunto de suelos regables que cumplan el requisito anterior aquellos terrenos sobre los que se haya incoado expediente sancionador por cambio de uso sin autorización de forestal a agrícola, o aquellos que se hayan transformado sin ajustarse a la resolución de autorización emitida por la Administración forestal.

El plan desarrollará actuaciones en las que se invertirán 65 millones de euros en los próximos 15 años ya que, aunque la vigencia del plan es indefinida, es este período el que se establece a los efectos del logro de sus objetivos y pasado el mismo se emitirá por el organismo responsable en materia de ordenación del territorio y urbanismo un informe en el que se justifique la procedencia de su revisión, de acuerdo con el grado de cumplimiento de sus previsiones.

En el documento también se especifica que la ejecución de las distintas acciones corresponde a las distintas Administraciones públicas cuyas competencias se ven afectadas por el mismo, así como a los titulares de terrenos y que se creará una Comisión de seguimiento para la coordinación, gestión y seguimiento del mismo.

Con respecto a las aguas, se establece que la Administración hidráulica competente iniciará un procedimiento para la ordenación de las extracciones existentes de los recursos subterráneos, y elaborará un Plan de Ordenación de Extracciones que establezca las condiciones de extracción de las masas de aguas subterráneas, en el ámbito del presente Plan, según lo establecido en los artículos sucesivos.

También se adoptarán medidas para favorecer la conectividad y se elaborará en el plazo de 12 meses un programa integral de colaboración entre agentes públicos y privados, que contenga acciones tendentes a la adopción en el ámbito del Plan Especial, de prácticas agrarias que concilien la producción en condiciones de competitividad comercial, con la demanda social de conservación de los valores naturales de Doñana y su entorno.

Deja un comentario

Subscríbete a nuestra newsletter
Sé el primero en conocer las noticias diarias del sector hortofrutícola, directas a tu email
Suscríbete
Mantente informado, siempre puedes darte de baja.
close-link